En relación con el procedimiento de mediación promovido por FeSMC UGT frente a ANGED por motivo, según consta en la solicitud de mediación, de discrepancias con la interpretación y aplicación del artículo 36 del Convenio Colectivo de Grandes Almacenes (permisos retribuídos) en relación con el cómputo de los mismos, conforme al contenido de la solicitud.
REUNIDOS en la Sede del Servicio Interconfederal de Mediciación y Arbitraje (SIMA), sita en la calle San Bernardo, 20 5º planta, el día 8 de mayo de 2018 a las 10:00horas:
Esta Reunión finalizó teniendo como resultado la FALTA DE ACUERDO entre las partes intervinientes. No obstante, conforme a lo dispuesto en el artículo 15.3 del ASAC, el órgano de mediación formuló la siguiente propuesta para la solución del conflicto que, ante la falta de acuerdo entre las partes NO PROSPERÓ.
Someter el objeto del conflicto a un arbitraje en el SIMA
Acta que se levanta en MAdrid, siendo las 10:33 horas del 8 de mayo de 2018 y que suscribe Diego Ribera Sanchís, Letrado del Servicio Interconfederal de Mediación y Arbitraje
Ante este hecho, en los próximos días los servicios jurídicos de la Federación presentarán demanda contra la Patronal.
Ante este hecho, en los próximos días los servicios jurídicos de la Federación presentarán demanda contra la Patronal.
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