viernes, 13 de marzo de 2020

REUNIÓN EXTRAORDINARIA COMITÉ DE EMPRESA CARREFOUR PEÑACASTILLO




En Santander, a 13 de marzo de 2020, se reúnen mediante reunión presencial las personas relacionadas al margen, para celebrar reunión entre el Comité de • Empresa del Centro de Peñacastillo y la Dirección de la misma, en- convocatoria extraordinaria realizada por la Dirección de la empresa, para tratar - sobre los siguientes puntos del Orden del Día: 

Único.- Cierre de Centros Escolares por Coronavirus 

Por la Dirección de la empresa se procede a informar al Comité las medidas que se ponen a disposición de la plantilla para paliar los efectos que cabe esperar que se desplieguen al conocer que el Gobierno Regional ha aprobado una serie de medidas con carácter extraordinario por el Coronavirus (COVID-19_), que se aplicarán en la zona afectada a partir del 16 de marzo de 2020, y que tendrán una duración inicial de 14 días naturales, cuya finalización quedará condicionada a la valoración epidemiológica que realice la Dirección de Salud Pública.

Por ello, ante la premura de la decisión gubernamental, la Dirección pretende anticiparse a los desajustes organizativos que dichas medidas pueden provocar  en el negocio, al tener que revisar y actualizar los planes de continuidad de la actividad laboral, así como el impacto que ello pueda provocar en la conciliación de la vida familiar y laboral de los equipos, por lo que traslada las: . siguientes medidas en materia de flexibilidad a las que puede acogerse la plantilla con hijos menores de 14 años a cargo, al verse afectada por el cierre· de centros educativos siendo prioritario para la Compañía limitar el uso de medidas que conlleven una merma retributiva para la plantilla:
           

1.Cambios de turnos y horarios, atendiendo a la actividad realizada.

2.Movilidad entre centros.

3.Adaptación de la calendario laboral: distribución irregular de la jornada de hasta una semana, en este periodo de 15 días, por ' imposible prestación, llevando tales horas a cómputo anual, de · mutuo acuerdo entre las partes.

4.Permutas entre compañeros.


Subsidiariamente, la plantilla que no pudiendo acogerse a las medidas anteriores así lo desee podrá acogerse a las siguientes medidas:


5.Licencia no retribuida en los términos previstos en el convenio colectivo.


6.Excedencia por cuidado de menor de 4 años, por la duración requerida

Cuando el volumen de medidas constituya un problema organizativo o  productivo a nivel sección, por coincidencia de un número de trabajadores que interfiera notoriamente en el normal desenvolvimiento de la actividad, la Dirección de la Empresa propondrá:


  • Rotación en el disfrute de la medida por parte de los afectados Ampliaciones de jornada

  • Movilidades funcionales

En todo caso, se plantea al Comité que, si se reciben voluntarios para paliar los efectos que provoque la ausencia de personal por el recurso a tales medidas, ya mediante cambio de turno, ampliaciones...., se establecerá, como en otras ocasiones, un sistema de adscripción preferente en función de la formación requerida para el puesto, jornada y mayor antigüedad, ello sin perjuicio de las eventuales contrataciones que se puedan realizar.


Por la Dirección se recuerda que las presentes medidas se adoptarán de forma excepcional, durante el periodo en el que concurra la necesidad, o hasta que la  empresa pueda adoptar otras fórmulas organizativas que garanticen la continuidad de la actividad empresarial. 



Se presenta al Comité documento elaborado al objeto de facilitar la gestión de las medidas planteadas.

Finalmente, a las preguntas planteadas por el Comité, por la Dirección, se da respuesta y se irá dando información actualizada de manera puntual por correo electrónico o por videoconferencia, para evitar reuniones.

Y, sin más asuntos que tratar, se da por finalizada la reunión


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