viernes, 29 de junio de 2018

LA AUDIENCIA NACIONAL RECONOCE QUE LOS PERMISOS DEBEN DISFRUTRASE EN DÍAS LABORABLES EN GRANDES ALMACENES



Se reitera criterio ya sentado en conflictos colectivos instados por FeSMC-UGT en otros sectores 


1 En sentencia conocida en el día de hoy la Audiencia Nacional reconoce para el sector de Grandes Almacenes que las licencias o permisos retribuidos por nacimiento, enfermedad grave, accidente, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización, que precise reposo domiciliario, fallecimiento de parientes, se computen en días laborables.

2 En relación a los permisos que la Audiencia Nacional considera de larga duración, como son los quince días por matrimonio, en estos casos los días serían naturales a computar desde el hecho causante, en concreto desde el propio día de celebración de la boda.

3 Se estima así en parte la demanda de conflicto interpuesta por FeSMC-UGT, pero al hacerlo parcialmente recurriremos ante el Tribunal Supremo para obtener una sentencia que estime en su totalidad nuestra pretensión de empezar el cómputo del permiso por matrimonio a partir del día siguiente laborable al hecho causante que es la boda que da lugar al permiso.

FeSMC-UGT DEFIENDE TUS DERECHOS 



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